delegación del servicio público

Buscar en el glosario
Término Definición
delegación del servicio público
Según la Ley N° 2001-1168 del 11 de diciembre de 2001, se trata de un «contrato por el cual una entidad jurídica pública [el delegador] encomienda la gestión de un servicio público del que es responsable a un delegado público o privado [el delegado], cuya remuneración está sustancialmente vinculada a los resultados de la prestación del servicio. El delegado puede ser responsable de la construcción de obras o la adquisición de bienes necesarios para el servicio».
Véase también: Informe del Delegado.